Reglamento de envases de la UE (PPWR): qué se aplica desde el 12 de agosto de 2026
El Reglamento (UE) 2025/40 relativo a los envases y residuos de envases sustituyó a la directiva de envases de 1994 y se aplica desde el 12 de agosto de 2026 (artículo 71). Como reglamento, se aplica directamente en todos los Estados miembros. Algunas obligaciones comienzan ahora; la mayoría de las normas de diseño llegan de 2028 a 2035, a menudo contadas a partir de actos de ejecución que aún no se han adoptado.
Comprobado con las fuentes el 7 de octubre de 2026
Quién tiene obligaciones
- Fabricante: fabrica envases o un producto envasado, o los hace diseñar o fabricar, y los comercializa con su propio nombre o marca (artículo 3). Solo puede introducir en el mercado envases conformes, efectúa la evaluación de la conformidad, elabora la documentación técnica y una declaración UE de conformidad, las conserva durante 5 años (10 en el caso de los envases reutilizables) e indica su nombre, dirección postal y contacto electrónico en el envase o mediante un código QR (artículos 15, 38 y 39).
- Importador: está establecido en la UE e introduce en el mercado envases procedentes de un tercer país. También indica su propio nombre y dirección (artículo 18).
- Productor, a efectos de la responsabilidad ampliada del productor (RAP): quien comercializa por primera vez envases o productos envasados en un Estado miembro, incluido un vendedor de fuera de la UE que vende directamente a usuarios finales allí (artículo 3, apartado 1, punto 15).
Vender directamente a consumidores de la UE desde fuera de la UE
Un vendedor de un tercer país que comercializa productos envasados directamente a usuarios finales de un Estado miembro es allí un productor. Debe designar, mediante mandato escrito, un representante autorizado a efectos de la responsabilidad ampliada del productor en cada uno de esos Estados miembros (artículo 45, apartado 3). Los productores deben estar registrados en cada Estado miembro antes de vender allí (artículo 44, apartado 4), y los mercados en línea deben recoger el número de registro y una autocertificación antes de permitir que un productor venda a consumidores de la UE (artículo 45, apartado 4).
Los registros del PPWR llegan más tarde: cada Estado miembro dispone de 18 meses desde el primer acto de ejecución para crear uno (artículo 44, apartado 1). Muchos países ya llevan registros de envases con arreglo al Derecho nacional, así que consulte cada país al que vende.
Fechas clave
| Fecha | Qué se aplica | Artículo |
|---|---|---|
| 12 de agosto de 2026 | Se aplica el reglamento: evaluación de la conformidad, documentación técnica, declaración UE de conformidad, nombre y dirección en el envase | 15, 38, 39, 71 |
| 12 de agosto de 2026 | Los envases en contacto con alimentos no pueden contener PFAS por encima de los valores límite (por ejemplo, 25 ppb para cualquier PFAS individual) | 5, apdo. 5 |
| 12 de agosto de 2028, o 24 meses después de los actos de ejecución, si es posterior | Etiqueta armonizada que muestra la composición del material, para la clasificación | 12, apdo. 1 |
| 1 de enero de 2030 | Peso y volumen de los envases reducidos al mínimo; sin dobles paredes, falsos fondos ni capas innecesarias | 10 |
| 1 de enero de 2030, o 3 años después del acto sobre la metodología, si es posterior | Envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico: ratio de espacio vacío del 50 % como máximo | 24 |
| 1 de enero de 2030 | Los formatos de envase enumerados en el anexo V ya no pueden introducirse en el mercado | 25 |
| 1 de enero de 2030, o 24 meses después de los actos delegados, si es posterior | Todos los envases diseñados para el reciclado | 6, apdo. 2, letra a |
| 1 de enero de 2030, o 3 años después del acto de ejecución, si es posterior | Contenido reciclado mínimo en los envases de plástico: del 10 % al 35 % según el tipo | 7, apdo. 1 |
| 1 de enero de 2035 | Envases reciclados a gran escala | 6, apdo. 2, letra b |
Qué hacer ahora
- Determine su función en cada mercado: fabricante, importador, distribuidor o productor.
- Si vende directamente a consumidores de países de la UE, designe un representante autorizado para la RAP en cada uno de ellos y regístrese antes de vender.
- Prepare la documentación técnica y la declaración UE de conformidad de sus envases (anexo VII).
- Indique su nombre, dirección postal y contacto en el envase o mediante un código QR.
- Para los envases en contacto con alimentos, pida a sus proveedores los resultados de los ensayos de PFAS.
La norma del 50 % de espacio vacío se aplica desde 2030, no desde 2026. ¿No está seguro de qué otras normas de la UE se aplican a usted? Utilice el buscador de normas de la UE.